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martes, 19 de enero de 2021

Condena a España

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a España a indemnizar con 20.000 euros a Íñigo González Etayo, antiguo miembro de Ekin —organización del entorno de ETA ilegalizada en 2001— por considerar que no se investigó suficientemente la denuncia en la que aseguraba que había sufrido torturas estando bajo custodia. 
Durante la  madrugada del 18 de enero de 2011, el demandante fue detenido en su domicilio por agentes de la Guardia Civil en el marco de una investigación judicial sobre un presunto delito de pertenencia a las organizaciones EKIN y SEGI. Ese mismo día, durante el viaje en coche hacia Madrid, el demandante, que estaba esposado por la espalda con cuerdas y con los ojos vendados, y según su testimonio, fue objeto de amenazas e insultos y golpeado por los dos agentes de la Guardia Civil que estaban sentados junto a él en el asiento trasero del vehículo. Según su versión, los guardias le sacaron del vehículo, le amenazaron agitando un bolígrafo cerca de sus testículos, le bajaron los pantalones e intentaron abrirle las piernas. 
El 22 de enero de 2011, fue conducido ante el Juez Central de Instrucción nº 3. Fue examinado por el médico forense y declaró haber sido maltratado el martes y el miércoles anteriores (18 y 19 de enero), que fue obligado a hacer sentadillas con la cabeza cubierta por una bolsa de plástico negra.
González Etayo, que en abril de 2016 fue condenado por la Audiencia Nacional a dos años de cárcel por pertenencia a organización terrorista —aunque finalmente se convirtieron en libertad vigilada tras su renuncia expresa al uso de la violencia—, acudió al Tribunal de Estrasburgo el 6 de marzo de 2017 alegando una violación del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, el cual establece que “nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes”.

jueves, 4 de abril de 2019

Ley de reparación de abusos

La conocida como "ley de abusos policiales" provoca un duro enfrentamiento entre EH Bildu y el PP y los representantes de los sindicatos policiales que seguían en la tribuna de invitados el pleno del Parlamento vasco.

El parlamentario de EH Bildu, Julen Arzuaga, mostró su "desprecio" al "lobby infecto, asqueroso" que busca "la total impunidad y encubrimiento para el terrorismo y las graves vulneraciones de derechos humanos que ellos mismos han perpetrado". "Ustedes son los nazis que protestan porque hubo un juicio en Núremberg, para mí ustedes son los franquistas que luchan para que no haya un reconocimiento de sus vulneraciones de derechos humanos", ha espetado mirando desafiante a la tribuna donde se encontraban los representantes policiales.

La presidenta, Bakartxo Tejeria, totalmente desbordada, ha intentado calmara la situación y ha llegado a expulsar a Josu Estarrona, de EH Bildu, mientras los parlamentarios del PP también abandonaban el salón de plenos, aunque pocos minutos después han regresado a sus escaños.

La ley fue aprobada con los votos a favor de PNV y PSE, la abstención de EH Bildu y Elkarrekin Podemos y el voto contrario del PP, que anunció recurrirá al Tribunal Constitucional.

La ley 5/2019, de 4 de abril, de modificación de la Ley 12/2016, de 28 de julio, de reconocimiento y reparación de víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia de motivación política en la Comunidad Autónoma del País Vasco entre 1978 y 1999, fue publicada en el BOPV núm. 74, de 16 de abril de 2019 y en el BOE el 3 de mayo siguiente.

Según lo que se dispone, el 27 de septiembre de 2019 se abre un plazo de dos años para la presentación de solicitudes en casos que se hubieran producido entre el 1 de enero de 1979 y el 31 de diciembre de 1999.

A partir de la entrada en vigor de la ley, se abre un plazo extraordinario de doce meses desde el 17 de abril de 2019 hasta el 16 de abril de 2020, para la presentación de solicitudes por parte de aquellas personas que, aun cumpliendo todos los requisitos establecidos en el Decreto 107/2012, de 12 de junio, no hubieran solicitado su reconocimiento y reparación o lo hubieran hecho fuera de plazo. Este plazo extraordinario es sólo para víctimas cuyos casos se sitúen entre 1960 y 1978.

La ley aborda los hechos que hayan generado la vulneración de derechos humanos en los cuales hubiera podido participar o bien personal funcionario público en el ejercicio de sus funciones o fuera del ejercicio de sus funciones; o bien particulares que actuaban en grupo o de forma aislada, individual e incontrolada. Y cuando como consecuencia de la misma, se haya causado una afección a la vida o a la integridad física, psíquica, moral o sexual de las personas.

Hubo dos sentencias de Tribunal Constitucional, la 83/2020, de 15 de julio, y la 131/2020, de 22 de septiembre de 2020. En ellas se declara la constitucionalidad de la ley con ciertos criterios interpretativos.

martes, 13 de febrero de 2018

Sentencia Tribunal Derechos Humanos por malos tratos

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condena a España por los malos tratos infligidos a dos miembros de ETA durante su arresto en enero de 2008 y detención incomunicada. El fallo concluye que se vulneró la prohibición de tratos inhumanos o degradantes en su aspecto material (el maltrato en sí) y procesal (no investigarlo), que recoge el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Cuatro de los siete jueces de la Sala Tercera votaron a favor de que el Estado indemnice a los dos demandantes, Igor Portu Juanenea y Martín Sarasola Yarzabal, con 30.000 y 20.000 euros, respectivamente, por daños morales. Y establece que fueron malos tratos y no tortura, porque las lesiones no tuvieron consecuencias a largo plazo y por la ausencia de pruebas concluyentes sobre el objetivo del trato infligido. Tres jueces de la Sala publicaron una opinión parcialmente disidente, al considerar que los dos terroristas sufrieron torturas y no malos tratos.

A raíz de conocerse la sentencia, aparecieron pintadas insultantes en siete sedes del PNV y una casa del pueblo socialista en las que se acusaba a ambos partidos de «torturadores» y «asesinos».

sábado, 11 de marzo de 2017

Graves incidentes en Pamplona

Varios miles de personas participan en Bilbao en una manifestación convocada para denunciar la existencia de la tortura.
Bajo el lema '5.657 torturatu. Aitortza, erreparazioa eta ez errepikatzeko bermeak' (5.657 personas torturadas. Reconocimiento, reparación y garantías para que no vuelva a repetirse'), la marcha contó con el apoyo de, entre otros, Sortu, EH Bildu o el sindicato LAB y en la misma participaron el secretario general de Sortu, Arnaldo Otegi; el portavoz de la formación, Arkaitz Rodríguez; la portavoz parlamentaria de EH Bildu, Maddalen Iriarte, la diputada Marian Beitialarrangoitia o la integrante del Consejo Nacional de Sortu Elena Beloki, entre otros.

Al finalizar la marcha, Ixone Fernández y Eneko Conpains, leyeron un comunicado.


.- Un grupo ligado a la izquierda abertzale (ATA) había convocado (con el apoyo de Herritar Batasuna) una manifestación contra la "represión" que partió desde la plaza de San Francisco en Pamplona. La marcha no fue comunicada a la Delegación del Gobierno y aparecía bajo el lema “Errepresioari autodefentsa” y aparecía como una “manifestación nacional” contra la represión y por la autodefensa. “Errepresioari autodefentsa” es el nombre de una nueva “dinámica” dentro de los sectores descontentos con la nueva línea política de Sortu, y que fue presentada el pasado 1 de febrero, en un comunicado acompañado por una fotografía de dos portavoces enmascarados. En dicho comunicado ya se anunciaba esta manifestación.
El nombre de esa iniciativa ha sido empleado en pintadas contra partidos como el PSE o el PNV a partir de entonces, como en Hernani, el barrio donostiarra de El Antiguo y en Tolosa.
A la altura de la calle Navarrería un grupo de encapuchados comenzaron a lanzar objetos a la policía y a los escaparates de varios comercios, muchos de los cuales tuvieron que cerrar.
Los encapuchados destruyeron un cajero automático y quemaron al menos seis contenedores entre las calles Navarrería y Mercaderes. Dos policías resultaron heridos.

EH Bildu criticó los incidentes ante lo cual el Movimiento pro Amnistía y contra la Represión acusó a Bildu de haber nacido “para amortiguar las ansias de lucha y para encaminar a las ovejas negras al redil de las instituciones fascistas, convirtiéndose así en el mayor soporte para los pilares de la violencia estructural del sistema capitalista y transformándose en elemento básico para perpetuar el sometimiento de la clase trabajadora”. Consideran que Bildu es "el mayor soporte para los pilares de la violencia estructural del sistema capitalista" y pretenden denunciar que el partido de Joseba Asirón y Adolfo Araiz en Navarra se ha erigido en un "elemento básico para la perpetuación del sometimiento de la clase trabajadora".

Cuatro personas, todas ellas con domicilio en Rentería, fueron detenidas con motivo de los altercados. El juez dejó en libertad a uno de ellos, por ser menor de edad, y al resto (Asier Petrirena B., Rubén Iglesias B., Endika Etura M.) les imputó los delitos de «desórdenes públicos y terrorismo», por lo que remite la causa a la Audiencia Nacional. El juez justifica su decisión en «la extrema gravedad de los hechos», «las elevadas posibilidades de eludir la acción de la justicia» y la «probabilidad de reiteración delictiva».
Otras 12 personas fueron identificadas en los meses siguientes a través del visionado de diferentes imágenes. Estos jóvenes, cuatro navarros y ocho guipuzcoanos, conocieron su imputación por terrorismo tras comparecer ante la juez Lamela de la Audiencia Nacional.

Tres meses después, la Sala Segunda del Tribunal Supremo resolvió el conflicto competencial que se produjo entre la Audiencia Provincial de Navarra y la Audiencia Nacional a favor de esta última instancia.
La decisión del juzgado de Pamplona de inhibirse fue recurrida por la defensa de las familias, algo que estimó parcialmente la Audiencia Provincial de Navarra. Esta, a través de la Sección Primera, mantuvo la prisión para los jóvenes, pero consideró competente para la investigación del caso al Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona, el primero que recibió la causa, al considerar que se trataba de un delito grave de desórdenes públicos, pero no de terrorismo. Un pronunciamiento que generó un conflicto competencial que forzó al Tribunal Supremo a decidir qué Sala se haría cargo de la instrucción de los altercados.

El 30 de octubre siguiente, la juez no tomó medidas cautelares contra ninguno de los doce investigados llamados a declarar en relación con los disturbios del 11 de marzo, al no haber estado presente la Fiscalía durante el interrogatorio y no haber pedido medidas contra ellos.

El 7 de noviembre de 2017, quedaron en libertad condicional sin fianza los tres jóvenes de Rentería.

En mayo de 2018 fueron juzgados los cuatro jóvenes (Asier, Rubén, Endika y Julen) en la Audiencia Nacional con una petición fiscal de siete años de prisión.
Finalmente, la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó a Asier Petrirena, Rubén Iglesias, Endika Etura y Julen Prado a dos años de cárcel por un delito de desórdenes públicos.

martes, 31 de mayo de 2016

Sentencia TEDH contra España

Se hace público que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena de nuevo a España por no investigar debidamente supuestos casos de tortura a miembros de ETA y su entorno durante el periodo de detención policial incomunicada.
La Corte da amparo a Xabier Beortegi Martínez, supuesto miembro de Ekin, que denunció maltratos durante su arresto por la Guardia Civil en enero de 2011. España deberá indemnizar a Beortegi con 20.000 euros por daños morales y 3.500 euros de costas.
Según su testimonio, recibió insultos y amenazas de los guardias que lo custodiaban. Además, sostiene, cuatro agentes le golpearon en la cabeza, las costillas y los testículos. Además afirma que una vez en Madrid,  le sometieron a sesiones de asfixia y tocamientos obscenos.
En mayo de 2011, Beortegi presentó una querella por torturas contra la Guardia Civil en los juzgados de Pamplona, pero la querella fue archivada en las dos instancias penales.
Cerrada la vía penal en España, la víctima acudió al Tribunal Constitucional, que desestimó su recurso de amparo.
En su resolución, el Tribunal de Estrasburgo considera que la falta de una investigación completa y eficaz de la denuncia de torturas supone una violación del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que prohíbe la tortura y los tratos inhumanos o degradantes.

martes, 5 de mayo de 2015

Sentencia contra España del TEDH

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos hace pública una sentencia que condena a España por incumplir el precepto fundamental de investigar la veracidad de una denuncia por malos tratos.
El día 18 de enero de 2011, Jon Patxi Arratibel Garciandia fue detenido en su domicilio por agentes de la Guardia Civil en el marco de una investigación sobre un presunto delito de pertenencia a la Organización EKIN y fue conducido ese mismo día en coche a la sede de la Dirección General de la Guardia Civil en Madrid.

El día 22 de enero, Arratibel compareció ante el Juez central de Instrucción quien ordenó su detención preventiva. El día 11 de marzo de 2011, presentó denuncia por malos tratos durante su detención en régimen de incomunicación.

Mediante auto de sobreseimiento de fecha 27 de febrero de 2012, el Juez de Instrucción de Pamplona estimó, en base a los informes médico-forenses, que no había indicios que demostraran que lo malos tratos denunciados se hubieran realmente producidos. El recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional fue inadmitido. Juan Francisco Arratibel Garciandía fue puesto en libertad bajo fianza el día 26 de julio de 2012.

El TEDH estima que la investigación sobre los hechos denunciados no se hizo a fondo ni fue efectiva. En consecuencia el TEDH considera que se ha violado el artículo 3 en su aspecto procesal por insuficiente investigación de las denuncias por malos tratos.


.- Se da a conocer que la Audiencia Nacional condena a 17 años de cárcel al etarra José Luis Erostegui Bidaguren, compañero del fallecido Josu Uribetxerria Bolinaga en el "comando Bellotxa", por el asesinato del cabo primero de la guardia civil Antonio Ramos Ramírez el 8 de junio de 1986 en Mondragón. Otro miembro del grupo, Javier Ugarte Villar ha sido absuelto por no quedar acreditada su participación en este atentado.
Erostegi también fue condenado por el secuestro de Julio Iglesias Zamora (14 años), por el asesinato de un guardia civil en 1985 (33 años) y por la bomba contra una patrulla de la Guardia Civil que causó dos muertos en Oñate (145 años).

martes, 7 de octubre de 2014

Sentencias del TEDH sobre torturas

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dicta dos sentencias que condenan a España por no investigar de modo suficiente dos denuncias de torturas.
En la primera demanda (demanda 74016/12), el Tribunal condena a indemnizar con 53.000 euros a Beatriz Etxebarria Caballero por no haberse investigado de modo suficiente su denuncia de haber sido maltratada por agentes de la Guardia Civil tras su detención en 2011. 
La segunda condena se refiere a Ohian Unai Ataun Rojo, acusado de formar parte de SEGI, al que se debe indemnizar con 24.000 euros por no haberse investigado su denuncia de tortura durante el período en que estuvo incomunicado tras su detención en 2008.


.- El ex miembro de ETA José Miguel Latasa Guetaria ingresa en un hospital de Vitoria tras un intento de suicidio. Latasa fue detenido en 1988 y se desvinculó de la banda en 1994. En 1998, quedó en libertad condicional.



martes, 18 de enero de 2011

Detenciones en España y Francia


La Guardia Civil detiene a seis personas en Navarra acusadas de intentar remodelar EKIN: Javier Beortegi Martínez (en Pamplona, puesto en libertad poco después), Iñigo González Etayo (militante de LAB, en Barañain), Iker Moreno Ibáñez (24 años, en Burlada, ligado a SEGI, hijo del dirigente de la izquierda abertzale Txelui Moreno), Gorka Zabala Cia (en Cizur Mayor), Gorka Mayo Hermoso de Mendoza (en Vidaurreta, conocido dirigente independentista) y Juan Francisco Arratibel Garciandía (en Echarri Aranaz). Se produjeron trece registros, uno de ellos en una “herriko taberna” regentada por Arratibel. Los agentes buscan a Josu Esparza. Arrabitel realizó informaciones para la banda ETA y viajó a Venezuela donde entró en contacto con Arturo Cubillas; según su testimonio, Rosa Iriarte le propuso militar en ETA.
A finales de junio de 2012 salió en libertad bajo fianza Iñigo González.
En julio de 2012 salieron en libertad bajo fianza Gorka Mayo, Iker Moreno y Patxi Arratibel. Gorka Zabala fue puesto en libertad bajo fianza en agosto de 2012.
El 5 de mayo de 2015, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos hizo pública una sentencia que condena a España por incumplir el precepto fundamental de investigar la veracidad de una denuncia por malos tratos presentada por Arratibel.
En abril de 2016, cinco miembros de Ekin (Gorka Zabala Cia, Gorka Mayo Hermoso de Mendoza, Iker Moreno Ibañez, Iñigo González Etayo y Jon Patxi Arratibel Garciandia), que iban a ser juzgados, aceptaron una condena de dos años de prisión, tras alcanzar con la Fiscalía un acuerdo Para ello todos se comprometieron a renunciar "a cualquier actividad relacionada con el uso de la violencia, queriendo que este reconocimiento contribuya a la reparación a las víctimas del terrorismo por el daño y el sufrimiento que se les ha causado".

El 31 de mayo de 2016, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos hizo publica la condena a España por no investigar las torturas denunciadas por Xabier Beortegi Martínez (Pamplona, 1980) durante sus cuatro días de detención. La condena por vulnerar el artículo 3 (Prohibición de la tortura) en lo que concierne a la investigación conlleva una indemnización de 20.000 euros por daños morales y 3.500 por gastos y honorarios. El Tribunal que no tiene "elementos suficientes" para examinar los supuestos malos tratos que el demandante aseguró haber sufrido.


 .- Agentes del Cuerpo Nacional de Policía detienen a cuatro personas acusadas de intentar relanzar Askatasuna: Miguel Ángel Llamas Montoya (detenido en la localidad navarra de Noain), Ohiana Odria Montenegro (detenido en Azoz, puesta en libertad más tarde), Koldo García Llorens (detenido en Vitoria, puesto en libertad bajo fianza el día 21 de enero) y Edurne Sanzo Madariaga, detenida en Sarriguren y puesta en libertad bajo fianza el día 21 de enero. Se les acusa de pertenecer a Apurtu.org, página web a la que la Audiencia Nacional señala como parte del aparato de propaganda de Askatasuna en Navarra.

En julio de 2012 salió en libertad bajo fianza Llamas Montero.

.- Agentes de la policía francesa (en colaboración con la Policía española) detienen en Bayona a Igor Uriarte López de Vicuña y Aiala Zaldibar Alvarado, por su relación con EKIN y SEGI. Fueron puestos en libertad horas más tarde bajo control judicial. Uriarte no acudió a la cita judicial obligatoria días más tarde por lo que se decretó su búsqueda. Zaldivar fue entregada a España el 18 de marzo de 2011.

.- Agentes de la Ertzaintza detienen en Andoain a Urtzi Azpiroz Usandizaga (33 años) por su posible participación en actos de “kale borroka” en 2002. Fue puesto en libertad el 23 de octubre de 2012.