sábado, 31 de mayo de 1997

Atentado en San Sebastián

Sobre las dos de la madrugada, una llamada telefónica solicita que un taxi recoja a dos personas en la localidad de Hernani (Guipúzcoa). Una vez en el vehículo, pidieron les condujeran a San Sebastián. Poco antes de llegar, los pasajeros se identificaron como miembros de ETA y amenazaron al chófer con sus armas. Una vez en la capital, ordenaron al taxista que se bajara del coche, tras advertirle que debía esperar veinte minutos antes de efectuar cualquier llamada. Los etarras se alejaron en el coche y dispararon al menos ocho veces contra el edificio de la Subdelegación del Gobierno sin descender del automóvil.

A las tres de la madrugada, el automóvil fue localizado en el cementerio de Lasarte, abandonado con las luces encendidas y las puertas abiertas. En su interior se encontraron casquillos de bala.


sábado, 3 de mayo de 1997

Guardia civil asesinado

Sobre las diez menos veinte de la noche, un etarra dispara un tiro en la cabeza contra el guardia civil José Manuel García Fernández (43 años, casado, nacido en Asturias, destinado en Abanto) que se encontraba junto a su mujer, María Ángeles González Cueto, en la barra de un bar de Ciérvana (Vizcaya) al que acudía con frecuencia. El etarra huyó en un “Renault 19” que el esperaba en las inmediaciones con un cómplice. Según las investigaciones, el atentado fue cometido por el 'comando Vizcaya', que estaba formado en el momento de los hechos por Jesús María Martín Hernando, José Miguel Bustinza Yurrebaso y Gaizka Gaztelumendi Gil.

En 2001, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó a Asier Uribarri Benito y Lander Maruri Basagoiti a 16 años de prisión al declararles cómplices criminalmente responsables del asesinato del guardia civil. Dicho guardia frecuentaba el barrio de El Puerto, donde residía Lander. «Conscientes plenamente de la condición de guardia civil del señor García Fernández, así como del destino de la información recabada», ambos acusados facilitaron todos los datos obtenidos del agente a los miembros de ETA.

En 2012, la Sección Segunda de la Sala de lo Penal, dictó sentencia absolutoria ya que “no consta que el acusado Jesús María Martín Hernando tuviera participación de clase alguna en los hechos”.