martes, 13 de febrero de 2018

Sentencia Tribunal Derechos Humanos por malos tratos

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condena a España por los malos tratos infligidos a dos miembros de ETA durante su arresto en enero de 2008 y detención incomunicada. El fallo concluye que se vulneró la prohibición de tratos inhumanos o degradantes en su aspecto material (el maltrato en sí) y procesal (no investigarlo), que recoge el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Cuatro de los siete jueces de la Sala Tercera votaron a favor de que el Estado indemnice a los dos demandantes, Igor Portu Juanenea y Martín Sarasola Yarzabal, con 30.000 y 20.000 euros, respectivamente, por daños morales. Y establece que fueron malos tratos y no tortura, porque las lesiones no tuvieron consecuencias a largo plazo y por la ausencia de pruebas concluyentes sobre el objetivo del trato infligido. Tres jueces de la Sala publicaron una opinión parcialmente disidente, al considerar que los dos terroristas sufrieron torturas y no malos tratos.

A raíz de conocerse la sentencia, aparecieron pintadas insultantes en siete sedes del PNV y una casa del pueblo socialista en las que se acusaba a ambos partidos de «torturadores» y «asesinos».

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