lunes, 30 de octubre de 2017

Condena por enaltecimiento del terrorismo

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dicta una sentencia (STS 3804/2017) en la que confirma la condena de 1 año y medio de cárcel que la Audiencia Nacional impuso a Andeka Jurado García, por publicar en Twitter, entre 2014 y 2015, un vídeo compuesto por diferentes imágenes sobre ETA y sus integrantes, en ocasiones armados; por retuitear una foto del terrorista fallecido Josu Uribetxeberría Bolinaga junto al lema “Adiós y honor” en euskera; y tuitear dos mensajes sobre este miembro de ETA, condenado en su día por el secuestro del funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara.
La sentencia destaca que esta actividad constituye delito de enaltecimiento del terrorismo, ya que el tipo penal no exige “que el acusado asuma como propio, razone o argumente la imagen y su mensaje, ni tampoco que sea el que lo haya creado; basta que de un modo u otro accedan a él, y le den publicidad, expandiendo el mensaje a gran cantidad de personas”.

El Supremo afirma que el tipo penal no requiere que el acusado asuma como propio el mensaje o la imagen, o que los haya creado, sino que basta que tengan acceso a ellos y les den publicidad.

La sentencia se dió a conocer el 16 de noviembre siguiente.

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