miércoles, 29 de agosto de 2018

Intervención ministro del Interior

El ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, interviene en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados. He aquí un extracto de su intervención:

Es preciso indicar que cualquier actuación que se lleve a cabo con los internos de la organización terrorista ETA estará enmarcada en el estricto cumplimiento de la legalidad, que establece un tratamiento individualizado de todos aquellos aspectos que afectan a la ejecución penal en los términos dispuestos en el artículo 72.1 de la Ley General Penitenciaria. En el cumplimiento de esta legalidad, la Administración penitenciaria, además de garantizar el cumplimiento de la pena privativa de libertad, tiene la obligación de propiciar un conjunto de actuaciones directamente encaminadas a conseguir la reeducación y reinserción social de los penados, de forma que, cumplida la condena, dicho penado pueda retornar a la sociedad con la capacidad y la voluntad de vivir respetando la ley. Esta obligación legal no desaparece respecto a internos vinculados a la banda terrorista ETA.

Aquellos internos que han dado muestras de una evolución positiva y que han aceptado la legalidad penitenciaria cumpliendo las exigencias legales han podido ser progresados de grado y destinados a centros más próximos al entorno familiar del interno e incluso a los propios centros del País Vasco y Navarra. En concreto, estas exigencias legales para la progresión al tercer grado penitenciario -y digo esto por las razones individuales de dos personas que luego expondré- vienen establecidas en el artículo 72.6 del Código Penal. Son: el pago de la responsabilidad civil, el abandono de los fines y medios terroristas, la petición de perdón expreso a las víctimas y la colaboración con las autoridades. Los traslados, en cambio, no son beneficios penitenciarios. Se trata de traslados o desplazamientos que en ningún caso responden a un beneficio penitenciario. ETA ha sido derrotada por el Estado de derecho y por la ciudadanía española y la política penitenciaria estará dictada por el cumplimiento de la ley. La dispersión ha sido una política antiterrorista exitosa para luchar contra el terrorismo de ETA. Esa era la razón fundamental de la dispersión. Aquí quiero reconocer el trabajo de los funcionarios de Instituciones Penitenciarias, a quienes esta política convirtió -como a otros muchos- en objetivos directos de la organización terrorista.

¿Cuál es mi política penitenciaria? Lo he dicho en todas las comparecencias en las que he estado, en las pocas que he estado, porque siempre se me ha hecho la misma pregunta y por eso lo he expuesto. ¿Va a haber acercamientos? ¡Claro que va a haber acercamientos! Y vuelvo a decir que no es un beneficio penitenciario y se van a estudiar y se están estudiando individualmente, como empezó a estudiarlo el 25 de febrero el Partido Popular cuando mandó a Instituciones Penitenciarias, a todos los directores de centros -es un hecho objetivo-, que se les informara sobre todos los presos de la organización terrorista ETA. Se les pidió, entre otros extremos -eso sí que lo quiero decir textualmente-, que dijeran quiénes habían progresado de grado o se habían interesado en la progresión de grado, quiénes habían pedido permisos o disfrutaban de permisos, cuáles eran sus destinos, es decir, si participaban dentro del centro penitenciario realizando distintos trabajos y distintas labores; participación en programas de tratamiento y actividades, actualización y notificación de los programas individualizados de tratamiento, etcétera. 

En la actualidad, por si quieren saberlo, a fecha de 22 de agosto de 2018, son 233 presos, 205 hombres y 28 mujeres (18 más que los agrupados en el colectivo EPPK). En régimen cerrado están 203, es decir, en primer grado, porque ya saben que cuando se traslada a una persona tiene que ir a un centro donde haya también módulos para el grado de clasificación en el que se encuentre. Pues bien, 203 están en régimen cerrado, primer grado, que es lo que se considera el más peligroso; 28 están en régimen ordinario, es decir, en segundo grado, y en régimen abierto están dos personas. 

Veinte días más tarde se produjeron los primeros traslados: Marta Igarriz Iceta fue enviada de la cárcel de Castellón I a la de Logroño. La presa, encarcelada desde el 11 de abril de 2005, tenía cumplidas las tres cuartas partes de la condena de 15 años y seis meses que le fue impuesta por tenencia de explosivos y colaboración con banda armada.

Tras admitir la legalidad penitenciaria, el juez de Vigilancia Penitenciaria le concedió el pasado mes de julio el segundo grado. En agosto, la Junta de tratamiento de Castellón I propuso su traslado a otra cárcel más cerca de su familia. También Kepa Arronategui Azurmendi, recluido en Almería fue conducido a Zuera (Zaragoza); está en prisión desde 1997 para cumplir una condena de 158 años, 8 meses y 20 días por asesinatos, tenencia de explosivos, daños, pertenencia a banda armada y atentado a la autoridad.



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