La Sala Segunda del Tribunal Supremo anuló una sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a tres miembros de ETA a 15 años de cárcel por un delito de estragos al considerar probado que fue Saioa Sánchez Iturregui quien captó para ETA a Iñigo Zapiraín Romano y Beatriz Etxebarría Caballero y fueron responsables de la colocación de esta bomba. Todos ellos formaban parte del "comando Otazua".
El Supremo anula la sentencia por no haber admitido la Audiencia la prueba pericial psicológica de uno de los acusados en aplicación del Protocolo de Estambul, que es un manual para la investigación de torturas asumido por la ONU desde el año 2000. Los magistrados consideran que la denegación de dicha prueba supuso una efectiva indefensión.
El Supremo ordenó devolver la causa a la Audiencia Nacional, para que un tribunal formado por magistrados distintos a los que pronunciaron la sentencia condenatoria ordene practicar la prueba pericial indebidamente denegada, celebre nuevo juicio y dicte nueva sentencia.
La segunda sentencia impuso las mismas penas.